Cantidad mínima de trabajadores que deberán tener determinadas actividades

Mediante la Resolución General 3152, publicada hoy en el Boletín Oficial, la AFIP incorporó al anexo de la Resolución General Nº 2927 y su modificatoria (donde se explicita el Índice Mínimo de Trabajadores -IMT- para diversos rubros económicos), nuevos IMT aplicables a las actividades de jardines maternales, jardines de infantes, escuela infantil, guarderías, establecimientos geriátricos, supermercados, estaciones de servicio y GNC, producción de yerba mate y producción frutícola de manzana, pera y durazno.


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