EL FISCO DIFUNDIRÁ LOS MONTOS A TENER EN CUENTA AL INFORMAR EL PATRIMONIO 2009
La resolución, aún no publicada, fija la valuación respecto a automóviles, pick-ups y motocicletas. También precisa las pautas a seguir a fin de declarar acciones, títulos públicos y activos en moneda extranjera.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ya confeccionó el listado de los valores de referencia a tener en cuenta al momento de informar el patrimonio al 31 de diciembre de 2009, tal como lo requiere el Impuesto sobre los Bienes Personales.
La nueva resolución (AFIP) 2775 -aún no publicada en el Boletín Oficial- establece los montos a computar correspondientes a automóviles, pick-ups y motocicletas. Los mismos varían de acuerdo a la marca, el modelo y el año de fabricación considerado. Para acceder al listado completo haga click aquí.
De esta manera, el fisco establece pautas claras a seguir al momento de determinar lo que constituirá la base del impuesto a ingresar correspondiente al ejercicio 2009.La nueva normativa presenta las tablas a utilizarse, ordenadas mediante los siguientes anexos:
Anexo I - Valor de los automotores.
Anexo II - Valor de cotización de las monedas extranjeras.
Anexo III - Detalle de sociedades y fondos comunes de inversión.
Anexo IV - Detalle del formato de catastro según la jurisdicción.
Anexo V - Detalle de entidades financieras.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ya confeccionó el listado de los valores de referencia a tener en cuenta al momento de informar el patrimonio al 31 de diciembre de 2009, tal como lo requiere el Impuesto sobre los Bienes Personales.
La nueva resolución (AFIP) 2775 -aún no publicada en el Boletín Oficial- establece los montos a computar correspondientes a automóviles, pick-ups y motocicletas. Los mismos varían de acuerdo a la marca, el modelo y el año de fabricación considerado. Para acceder al listado completo haga click aquí.
De esta manera, el fisco establece pautas claras a seguir al momento de determinar lo que constituirá la base del impuesto a ingresar correspondiente al ejercicio 2009.La nueva normativa presenta las tablas a utilizarse, ordenadas mediante los siguientes anexos:
Anexo I - Valor de los automotores.
Anexo II - Valor de cotización de las monedas extranjeras.
Anexo III - Detalle de sociedades y fondos comunes de inversión.
Anexo IV - Detalle del formato de catastro según la jurisdicción.
Anexo V - Detalle de entidades financieras.







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